El recurso preventivo, introducido por la Ley 54/2003, es una figura clave en la prevención de riesgos laborales en las obras de construcción. Su objetivo es vigilar y garantizar el cumplimiento de las medidas de seguridad, especialmente en situaciones de alto riesgo, protegiendo así la salud y la integridad de los trabajadores.
¿Qué es el Recurso Preventivo?
Con la publicación de la Ley 54/2003 de Reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales, aparece la figura del recurso preventivo como una medida complementaria a las diferentes obligaciones del empresario en materia preventiva, y que exige su designación en determinados supuestos y situaciones de especial riesgo y peligrosidad.
¿En qué casos es exigible?
Un centro de trabajo de cualquier sector de actividad, incluidas las obras de construcción, deberá contar con recursos preventivos en cualquiera de los siguientes casos:
- Cuando concurren operaciones diversas, desarrolladas sucesiva o simultáneamente, que pueden agravar los riesgos de las actividades que se realizan.
- Cuando se realicen actividades con riesgos especiales. Indicamos a continuación listado de actividades o trabajos con riesgos especiales, en base a lo establecido en el art. 22 bis. Presencia de recursos preventivo del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, y en el Anexo II: Relación no exhaustiva de los trabajos que implican riesgos especiales para la seguridad y la salud de los trabajadores, del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción.
- Riesgo especialmente grave de caída desde altura.
- Trabajos con riesgo de sepultamiento o hundimiento.
- Uso de máquinas sin declaración CE de conformidad.
- Trabajos en espacios confinados.
- Trabajos con riesgo de ahogamiento por inmersión.
- Trabajos en los que la exposición a agentes químicos o biológicos suponga un riesgo de especial gravedad, o para los que la vigilancia específica de la salud de los trabajadores sea legalmente exigible.
- Trabajos con exposición a radiaciones ionizantes para los que la normativa específica obliga a la delimitación de zonas controladas o vigiladas.
- Trabajos en la proximidad de líneas eléctricas de alta tensión.
- Trabajos que expongan a riesgo de ahogamiento por inmersión.
- Obras de excavación de túneles, pozos y otros trabajos que supongan movimientos de tierra subterráneos.
- Trabajos realizados en inmersión con equipo subacuático.
- Trabajos realizados en cajones de aire comprimido.
- Trabajos que impliquen el uso de explosivos.
- Trabajos que requieran montar o desmontar elementos prefabricados pesados.
- Cuando lo requiera la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, debido a las condiciones de trabajo detectadas.
¿Cuál es su función?
El recurso preventivo tendrá la función de vigilar el cumplimiento de las actividades preventivas previstas en la planificación para el control de los riesgos, comprobando que son eficaces y adecuando tales actividades a los riesgos que se pretende prevenir.
En obras de construcción, se encargará de supervisar en qué condiciones se ejecutan ciertas actividades y de vigilar que se cumplen las medidas incluidas en el Plan de seguridad de la obra, y en su ausencia en el Documento de Gestión Preventiva, comprobar su eficacia y garantizar el cumplimiento de los procedimientos de trabajo especificados.
Designación
Respecto a la empresa responsable de su designación, en el sector de la construcción serán las empresas contratistas quienes estarán obligada a ello, puesto que el Plan de Seguridad y Salud o Documento de Gestión Preventiva, cuya elaboración es responsabilidad del contratista, es el documento en el que se determinará la forma de llevar a cabo la presencia de los recursos preventivos.
El empresario, además, deberá darle instrucciones precisas sobre los puestos y lugares donde deberá ejercer su función de vigilancia, las operaciones concretas que debe observar y las medidas preventivas previstas. Por tanto, es fundamental que la aceptación del nombramiento se haga con pleno conocimiento de las funciones encomendadas y de las responsabilidades asumidas.
Capacitación
En relación con su capacitación, deberá contar con la formación preventiva correspondiente, como mínimo, al nivel básico, con una duración de 60 horas y el contenido especificado en el Convenio General del sector de la Construcción, que será complementada con formación específica sobre los trabajos que va a vigilar.
¿Quién puede ser recurso preventivo?
Según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, se consideran recursos preventivos, a los que la empresa podrá asignar la presencia, los siguientes:
- Uno o varios trabajadores designados por la empresa.
- Uno o varios miembros del servicio de prevención propio de la empresa.
- Uno o varios miembros del o los servicios de prevención ajenos concertados por la empresa.
El recurso preventivo desempeña un papel crucial en la gestión de la seguridad en las obras de construcción, asegurando que se cumplan las normativas y medidas preventivas necesarias para minimizar los riesgos laborales. La correcta designación y capacitación de estos recursos, junto con el cumplimiento estricto de sus funciones, son fundamentales para crear un entorno de trabajo seguro y proteger la integridad de los trabajadores. La implementación efectiva de esta figura no solo cumple con las exigencias legales, sino que también contribuye a la prevención de accidentes y a la promoción de una cultura de seguridad dentro de la industria de la construcción.